viernes, 4 de julio de 2008

NUEVA LEY DE DIVORCIO

Entró en vigencia la ley de divorcio 18 de noviembre 2004
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El 18 de noviembre de 2004 entró en vigencia la Ley N° 19.947, nueva Ley de Matrimonio Civil, mejor conocida como "ley de divorcio". Con esto queda derogada la anterior ley sobre el tema, que databa del 10 de enero de 1884. Con este cuerpo legal, todos los matrimonios civiles que se celebren a partir de hoy no sólo tendrán en el futuro la posibilidad de disolver el vínculo y recontraerlo en el futuro con otras personas; además cambia el procedimiento mismo de celebración: si la pareja se casó por la Iglesia antes, debe ratificar la unión ante el Registro Civil, y se elimina la responsabilidad del oficial civil en las causales de anulación. Además, los mecanismos de divorcio tienen efecto retroactivo, es decir, parejas que se casaron con la antigua ley pueden iniciar los procedimientos para disolver el vínculo y regularizar su situación. Se estima que en los primeros días de vigencia de la ley habrá una enorme cantidad de demandas judiciales de divorcio que llegarán a los tribunales. En la prensa se ha barajado la cifra de cincuenta mil demandas, pero otras versiones afirman que los tribunales no aceptarán tal volumen por no contar con la capacidad para llevarlo. La ley especifica que los tribunales de familia son los encargados de llevar las demandas de divorcio, pero hasta que aquéllos no estén en plena operación en octubre de 2005, serán los tribunales civiles los encargados de los procedimientos. Para más información puede visitar nuestro tema en profundidad sobre divorcio.



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